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Decreto permite usar datos reservados del DANE para reconstrucción

Decreto 1385 autoriza al DANE a suministrar datos reservados para orientar la reconstrucción tras el terremoto del 10 de agosto.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1385 de 2026, que permite al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) suministrar información amparada por reserva estadística a las entidades responsables de atender, rehabilitar, recuperar y reconstruir las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto. La medida contempla datos provenientes de censos, encuestas, registros administrativos y operaciones estadísticas, siempre que sean estrictamente necesarios para atender la emergencia.

Las entidades que soliciten esta información deberán justificar ante el DANE la necesidad de acceder a los datos, mientras que la entidad deberá evaluar cada requerimiento antes de autorizar su suministro. La información únicamente podrá utilizarse para identificar y caracterizar a la población y los territorios afectados, así como para planear, focalizar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar las medidas relacionadas directamente con la emergencia.

El decreto establece que los datos conservarán su carácter reservado y obliga a las entidades receptoras a implementar medidas técnicas, administrativas y jurídicas para impedir su consulta, reproducción, circulación o divulgación con fines distintos a los autorizados. Además, no podrán transferir ni permitir el acceso de terceros a la información, salvo cuando sea estrictamente indispensable para ejecutar una medida concreta de emergencia.

La norma también prohíbe el acceso general o indiscriminado a las bases de datos y la creación de copias permanentes de la información suministrada por el DANE. El Decreto 1385 hace parte de las 11 normas expedidas bajo el amparo de la Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada para responder a la crisis ocasionada por el terremoto que afectó varias zonas del centro y occidente del país.

La disposición estará vigente mientras subsistan las circunstancias que dieron origen a la emergencia establecida mediante el Decreto 1261 de 2026. El Gobierno aclaró que la medida no representa un levantamiento general de la reserva estadística ni autoriza la divulgación pública de los datos. El incumplimiento de las obligaciones establecidas podrá generar responsabilidades disciplinarias, administrativas, fiscales y penales.

[Decreto 1385]

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