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EN EL CATATUMBO, siguen vigentes medidas tributarias.

A unque el Gobierno nacional, mediante Decreto 467 del 23 de abril de 2025 , levantó el estado de conmoción interior para la región del Cata...

Aunque el Gobierno nacional, mediante Decreto 467 del 23 de abril de 2025, levantó el estado de conmoción interior para la región del Catatumbo, las medidas tributarias que habían sido expedidas para afrontar la crisis social y económica en esa región del país seguirán vigentes hasta el 31 de diciembre de este año.

En efecto, si bien el Decreto 467 levantó el estado de excepción y prorrogó por 90 días otras medidas adoptadas a su amparo. No obstante, en el caso de los tributos que fueron establecidos para recaudar fondos dirigidos a atender la emergencia social en el Catatumbo seguirán vigentes hasta final de 2025.

Así lo establece el artículo 10 del Decreto 175 ​de 2025: “Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto serán aplicables una vez culmine el quinto día hábil siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2025".

Estas disposiciones hacen parte del esfuerzo gubernamental por mantener el orden público y apoyar financieramente las acciones del Estado en el Catatumbo, en línea con el presupuesto adicional aprobado por medio del Decreto 274 de 2025.

Abecé del Decreto 0175 de 2025

Mediante este decreto legislativo el Gobierno nacional estableció tres nuevas medidas de carácter tributario la obtención de los recursos extraordinarios que se requieren para atender la situación de orden público en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, así:

1- Gravar con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 19 % a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior.

2- Crear un impuesto especial para el Catatumbo, que grava la extracción de hidrocarburos y carbón al momento de su primera venta o de su exportación.

3- Aumenta a 1 % (antes de la declaratoria de conmoción interior estaba en 0 %) la tarifa del impuesto de timbre en el caso de la enajenación de bienes inmuebles en cuantía superior a $298 millones.

Con estas disposiciones, el Gobierno nacional busca recaudar en 2025 cerca de $2,7 billones para atender la crisis social en esa región del país.

Ximena Cortes Leon

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