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PUBLICADO BORRADOR DE DECRETO de la reforma pensional

H asta el próximo 3 de marzo la ciudadanía podrá hacer observaciones y comentarios al borrador del decreto que regula parcialmente la refor...

Hasta el próximo 3 de marzo la ciudadanía podrá hacer observaciones y comentarios al borrador del decreto que regula parcialmente la reforma pensional, cuyo texto fue publicado por el Ministerio del Trabajo en su página web.

El proyecto contiene aspectos clave de la renta básica solidaria y de la renta vitalicia, a cargo de Prosperidad Social y Colpensiones respectivamente, que permitirán conocer el monto a recibir por renta y cómo liquidar el beneficio económico.

En la reglamentación de la reforma pensional han participado los ministerios de Trabajo, Hacienda y Salud, Colpensiones, Prosperidad Social, la Unidad de Reglamentación Fiscal (URF), la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, destacó que dicha reglamentación es “fruto de los acuerdos logrados durante las discusiones en las mesas técnicas entre los diversos participantes del sistema, quienes contribuyeron con sus aportes al desarrollo de este decreto”.

El borrador explica las reglas para la afiliación al sistema y la selección de Administradora de Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), así como los tiempos computables para el reconocimiento de pensiones.

Asimismo, aclara que si un empleador incumplió con los aportes a pensión, el cobro lo harán las Accai y Colpensiones.

El Ministerio de Trabajo destacó que “un punto fundamental de la reglamentación son las dos figuras del pilar contributivo: el Bono Ley 2381, que sirve para conformar el capital con el que Colpensiones pagará la pensión, y completar las semanas de cotización a través del sistema de equivalencias”.

Así mismo, la reglamentación incluye disposiciones generales del fondo de ahorro del pilar contributivo, que permitirá contribuir al ahorro colectivo y público de la Nación y a garantizar la sostenibilidad del sistema.

Igualmente, la reglamentación contiene el desarrollo de la prestación anticipada de vejez para quienes a la edad de jubilación completen 1.000 semanas de cotización, así como la fórmula de su liquidación, la cual no podrá ser inferior a un salario mínimo legal vigente.

  • El borrador de decreto regula la disminución progresiva del número mínimo de semanas exigido para el reconocimiento de la pensión integral de vejez de las mujeres afiliadas al sistema.
  • En cuanto al tema de la contratación del seguro previsional, fija los lineamientos para el cubrimiento de los riesgos de invalidez, muerte e incapacidades temporales que están a cargo del componente de prima media, conforme a la ley.

  • Respecto a las comisiones, destaca una reducción gradual sobre la comisión a los aportes de los afiliados al nuevo sistema en el componente de ahorro individual, empezando en 0,8% en el año 2025 y llegando a cero en 20 años.

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