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NORMAS QUE RIGEN EN Facatativá durante la Semana Santa.

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a Administración Municipal de Facatativá emitió el Decreto 044 de 2021: “Por medio del cual se dictan disposiciones transitorias para la Semana Santa de 2021, para controlar el impacto y propagación de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) en el municipio de Facatativá - Cundinamarca.”, el cual comprende las siguientes normas que aquí resumimos.

- Toque de queda para los días comprendidos entre el 25 de marzo y el 5 de abril de 2021 en horario de 11:59 P.M. y las 05:00 A.M.

Importante: tenga en cuenta la información complementaria (sanciones a menores de edad y exenciones) detallada en los parágrafos 1, 2 y 3 del Artículo 2 del Decreto.

- No se autoriza la realización de ningún evento masivo público, incluyendo las actividades de carácter religioso, procesiones o celebraciones que impliquen la presencialidad y aglomeración de personas.

- Se restringe la realización de eventos de carácter público o privado que impliquen la aglomeración de personas, de conformidad a la normatividad nacional vigente.

Entre las actividades no permitidas están el funcionamiento de discotecas y lugares de baile y el consumo de bebidas alcohólicas en sitios públicos y establecimientos de comercio. No se prohíbe la comercialización de bebidas embriagantes y consumo en restaurantes.

- Es importante aclarar que los establecimientos de comercio pueden continuar funcionando cómo lo venían haciendo, dando cumplimiento a los protocolos establecidos. El horario de cierre será desde las 11:30 P.M., previo al inicio del toque de queda a las 12:00 A.M.

- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto acarreará las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, tales como amonestación, multa, suspensión de actividad, cierre de establecimiento y demás aplicables.

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